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BLANQUEOS: PROYECTOS INMOBILIARIOS, BIENES USADOS Y MÁS

  A través de las Leyes 27.613 y 27.679 y sus decretos reglamentarios se ofrece la posibilidad de blanqueo de moneda no exteriorizada con destino en proyectos inmobiliarios de determinadas características, lo cual, como se explicará más adelante, fue ampliado recientemente, habiendo sido incorporados al blanqueo los bienes usados a través del artículo 71 de la Ley de presupuesto de 2023. Los bienes a declararse en este blanqueo se limitan a la tenencia de moneda nacional y/o extranjera no exteriorizada, ubicada en el país o en el exterior, no pudiendo ser blanqueados otros bienes.   Medios de Blanqueo Las leyes referidas, permiten el blanqueo de moneda a través de la adquisición de determinados inmuebles. ·        Proyectos inmobiliarios En primer término, se dispuso el blanqueo de moneda con destino a proyectos inmobiliarios con el objeto de incentivar la construcción. En ese orden, los referidos proyectos deben estar inscriptos en el REPI (Registro de Proyectos Inmobi